Los gobiernos autónomos descentralizados municipales de los cantones: Centinela del Cóndor, Chinchipe, El Pangui, Nangaritza, Palanda, Paquisha, Yacuambi, pertenecientes a la provincia de Zamora Chinchipe, mediante convenio constituyeron la Mancomunidad para la integración y el ejercicio de competencias; y, aprobaron sus Estatutos, entre cuyos objetivos específicos consta el ejercicio mancomunado de la competencia exclusiva municipal de planificar, regular y controlar el tránsito y transporte público; y, entre sus fines consta la de promover procesos empresariales para el ejercicio eficaz de las competencias exclusivas o concurrentes de las municipalidades.
Con sustento en las ordenanzas de constitución de la Empresa Mancomunada de Movilidad Sustentable de Zamora Chinchipe E.P, aprobada por cada uno de los concejos de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales que conforman la mancomunidad, y conforme al literal a) del artículo 8 del estatuto de la Mancomunidad de Integración y Ejercicio de Competencias Municipales de Zamora Chinchipe, resuelve, crear la EMPRESA MANCOMUNADA DE MOVILIDAD SUSTENTABLE DE ZAMORA CHINCHIPE; la, misma que orientará su acción con criterios de eficiencia, racionalidad y rentabilidad social, preservando el ambiente, promoviendo el transporte terrestre, el desarrollo sustentable, integral y desconcentrado de sus actividades.
Su objeto es ofrecer los servicios de asesoría, consultoría, gestión, dirección, supervisión, fiscalización, construcción y mantenimiento para la planificación, organización, regulación y control del transporte público, tránsito y seguridad vial urbana y rural intracantonal.